sábado, 29 de junio de 2013

España viola de manera sistemática los derechos del niño


España viola de manera sistemática los derechos del niño


España está violando sistemáticamente, de manera directa, la Convención sobre los Derechos del Niño de la Resolución 44/25 de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989, ratificada por España:




Artículo 7.1. El niño tendrá derecho desde que nace a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.

Artículo 9.1. Los Estados velarán para que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos.

Artículo 9.3. Los Estados respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular.

Artículo 18.1. Ambos padres tienen obligaciones comunes. Incumbirá a los padres la crianza y el desarrollo del niño.




Y en cuanto a la Declaración Universal de Derechos Humanos, 12 de los 30 artículos que la conforman:

Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos...

Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo...

Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 16. 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 29. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

España viola de manera sistemática los derechos del niño


España viola de manera sistemática los derechos del niño


España está violando sistemáticamente, de manera directa, la Convención sobre los Derechos del Niño de la Resolución 44/25 de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989, ratificada por España:




Artículo 7.1. El niño tendrá derecho desde que nace a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.

Artículo 9.1. Los Estados velarán para que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos.

Artículo 9.3. Los Estados respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular.

Artículo 18.1. Ambos padres tienen obligaciones comunes. Incumbirá a los padres la crianza y el desarrollo del niño.




Y en cuanto a la Declaración Universal de Derechos Humanos, 12 de los 30 artículos que la conforman:

Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos...

Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo...

Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 16. 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 29. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

jueves, 16 de mayo de 2013

I JORNADAS CUSTODIA COMPARTIDA EN ESPAÑA, (UNIVERSIDAD DE GRANADA): PRESENTE Y PERSPECTIVAS DE FUTURO 23 Y 24 Mayo de 2013







I JORNADAS CUSTODIA COMPARTIDA EN ESPAÑA, (UNIVERSIDAD DE GRANADA):

PRESENTE Y PERSPECTIVAS DE FUTURO




23 Y 24 Mayo de 2013


Aula Magna de la Facultad de CCPP y Sociología



Director: Diego Becerril Ruiz



Coordinadores:


 Antonio Lozano Martín, Marta Morillas Fernández y Anibal Moreno López.




Organiza: SEJ131 Metodología y Análisis de la Vida Social


Colaboran: Facultad de CCPP y Sociología; Departamento de Sociología; Departamento de Derecho Civil; Asociaciones de alumnos Politeia y Agua


La inscripción a las Jornadas es gratuita. Se realiza por medio de un correo electrónico a jornadascc@gmail.com donde se detalle el nombre, DNI y estudios que se cursan. Existirá un control de asistencia y, quienes cumplan en un 80%,recibirán un Diploma de asistencia. Dado que el aforo es limitado, se contestara a quienes no obtuvieron inscripción.




JUEVES 23 MAYO 2013 




10:00 Inauguración


Dña. Susana Corzo Fernández. Decanade la Facultad de CCPP y Sociología. UGR

D. Fernando Egea Fernández-Montesinos. Concejal de Familia, Bienestar Social

e Igualdad de Oportunidades del Ayuntamientode Granada

D. Diego Becerril Ruiz. Director de las Jornadas




10:30 Mesa redonda: Acción política y custodia compartida


D. Manuel Altava Lavall. Senador del Grupo Parlamentario Popular

D. Martín de la Herrán. Coordinador territorial de UPyD Andalucía

Dña. María Escudero Sánchez. Concejala del Ayuntamiento de Granada por el

Partido Socialista Obrero Español

Dña. Pilar García Correas. Representante de IU

D. José Antonio Caparrós García. Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).

Modera: D. Diego Becerril Ruiz. Director del Departamento de Sociología. UGR


12:15 Pausa




12:30 Mediación y custodia compartida


D. Antonio Lozano. Director del Master de Mediación y Resolución de conflictos

Presenta: D. Jose Antonio Zaldivar. Psicólogo y Mediador


13:30 Debate.

 Modera: Dña Pilar Martos Fernández. Departamento de Sociología. UGR

17:00 Los mitos de la custodia compartida

D. Diego Becerril Ruiz. Departamentode Sociología. UGR

D. JoséOcón Domingo. Departamento deSociología. UGR




18:00 Aspectos psicosociales y jurisprudencia de la custodia compartida


Dña Alicia Martín Montalbán.Gabinete Psicosocial de los Juzgados de Granada

Dña. Mª José Coronado Jiménez. Magistrada Juez de Familia de Granada

Modera: D. Antonio Lozano. Departamento de Sociología. UGR



19:00 Pausa


19:15 El sistema de protección a la infancia


Dña Esther Aguilera Cabello

Coordinadora General del Área deFamilia y Bienestar Social e Igualdad de

Oportunidades del Ayuntamiento de Granada

Presenta. D Francisco Ureña Palma. Abogado



20:15 Debate. 

Modera: D. Rafael Martínez Martín. Departamento de Sociología. UGR




VIERNES 24 MAYO 2013


10:00 Derecho civil y custodia


Dña Marta Morillas Fernández. Departamento Derecho Civil. UGR

D. Miguel Angel Moreno Navarrete.Departamento Derecho Civil. UGR

D. Alejandro Martín Molina. Abogado

Modera: DñaMª Carmen García Garnica.Catedrática de Derecho Civil. UGR




11:15 Pausa





11:30 La coparentalidad en la pareja

Dña. FranciscaExpósito. Decana de laFacultad de Psicología

DñaEstrellla García Cuines.Psicóloga y Mediadora



12:30 Debate. 

Modera: Dña Cecilia Hita Alonso. Departamento de Sociología. UGR



13:00 Clausura
-----------------------------------------





Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).

Junta Directiva.


Anibal Moreno

Secretario General FADIE

I JORNADAS CUSTODIA COMPARTIDA EN ESPAÑA, (UNIVERSIDAD DE GRANADA): PRESENTE Y PERSPECTIVAS DE FUTURO - 23 Y 24 Mayo de 2013






I JORNADAS CUSTODIA COMPARTIDA EN ESPAÑA, (UNIVERSIDAD DE GRANADA):

PRESENTE Y PERSPECTIVAS DE FUTURO




23 Y 24 Mayo de 2013


Aula Magna de la Facultad de CCPP y Sociología



Director: Diego Becerril Ruiz



Coordinadores:


 Antonio Lozano Martín, Marta Morillas Fernández y Anibal Moreno López.




Organiza: SEJ131 Metodología y Análisis de la Vida Social


Colaboran: Facultad de CCPP y Sociología; Departamento de Sociología; Departamento de Derecho Civil; Asociaciones de alumnos Politeia y Agua


La inscripción a las Jornadas es gratuita. Se realiza por medio de un correo electrónico a jornadascc@gmail.com donde se detalle el nombre, DNI y estudios que se cursan. Existirá un control de asistencia y, quienes cumplan en un 80%,recibirán un Diploma de asistencia. Dado que el aforo es limitado, se contestara a quienes no obtuvieron inscripción.




JUEVES 23 MAYO 2013




10:00 Inauguración


Dña. Susana Corzo Fernández. Decanade la Facultad de CCPP y Sociología. UGR

D. Fernando Egea Fernández-Montesinos. Concejal de Familia, Bienestar Social

e Igualdad de Oportunidades del Ayuntamientode Granada

D. Diego Becerril Ruiz. Director de las Jornadas




10:30 Mesa redonda: Acción política y custodia compartida


D. Manuel Altava Lavall. Senador del Grupo Parlamentario Popular

D. Martín de la Herrán. Coordinador territorial de UPyD Andalucía

Dña. María Escudero Sánchez. Concejala del Ayuntamiento de Granada por el

Partido Socialista Obrero Español

Dña. Pilar García Correas. Representante de IU

D. José Antonio Caparrós García. Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).

Modera: D. Diego Becerril Ruiz. Director del Departamento de Sociología. UGR


12:15 Pausa




12:30 Mediación y custodia compartida


D. Antonio Lozano. Director del Master de Mediación y Resolución de conflictos

Presenta: D. Jose Antonio Zaldivar. Psicólogo y Mediador


13:30 Debate.

 Modera: Dña Pilar Martos Fernández. Departamento de Sociología. UGR

17:00 Los mitos de la custodia compartida

D. Diego Becerril Ruiz. Departamentode Sociología. UGR

D. JoséOcón Domingo. Departamento deSociología. UGR




18:00 Aspectos psicosociales y jurisprudencia de la custodia compartida


Dña Alicia Martín Montalbán.Gabinete Psicosocial de los Juzgados de Granada

Dña. Mª José Coronado Jiménez. Magistrada Juez de Familia de Granada

Modera: D. Antonio Lozano. Departamento de Sociología. UGR



19:00 Pausa


19:15 El sistema de protección a la infancia


Dña Esther Aguilera Cabello

Coordinadora General del Área deFamilia y Bienestar Social e Igualdad de

Oportunidades del Ayuntamiento de Granada

Presenta. D Francisco Ureña Palma. Abogado



20:15 Debate. 

Modera: D. Rafael Martínez Martín. Departamento de Sociología. UGR




VIERNES 24 MAYO 2013


10:00 Derecho civil y custodia


Dña Marta Morillas Fernández. Departamento Derecho Civil. UGR

D. Miguel Angel Moreno Navarrete.Departamento Derecho Civil. UGR

D. Alejandro Martín Molina. Abogado

Modera: DñaMª Carmen García Garnica.Catedrática de Derecho Civil. UGR




11:15 Pausa





11:30 La coparentalidad en la pareja

Dña. FranciscaExpósito. Decana de laFacultad de Psicología

DñaEstrellla García Cuines.Psicóloga y Mediadora



12:30 Debate. 

Modera: Dña Cecilia Hita Alonso. Departamento de Sociología. UGR



13:00 Clausura
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Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).

Junta Directiva.


Anibal Moreno

Secretario General FADIE

viernes, 10 de mayo de 2013

Un vecino de Basauri caminará 400 kilómetros por su hijo

Un vecino de Basauri caminará 400 kilómetros por su hijo

Jose irá hasta Madrid andando para hablar con el ministro de justicia. Es su forma de luchar por la custodia compartida.



Para ver el video:
http://www.eitb.com/es/videos/detalle/1334518/video-un-vecino-basauri-caminara-400-kilometros-su-hijo/?fb_action_ids=525353547512568&fb_action_types=og.recommends&fb_source=aggregation&fb_aggregation_id=288381481237582

Cumplirá el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, con lo prometido??


Cumplirá el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, con lo prometido??

Ministerio de Justicia

El Ministerio de Justicia modificará el Código Civil para que los jueces puedan establecer la custodia compartida si beneficia al menor
13 de junio de 2012

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado hoy en el Congreso de los Diputados que encargará a la Comisión de Codificación una modificación del Código Civil, que debe estar lista en seis meses, para que su artículo 92 deje de contemplar el carácter excepcional de la custodia compartida de menores en los casos de separaciones y divorcios.

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1215197775106/Medios/1288777063221/Detalle.html

Cumplirá el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, con lo prometido??

Cumplirá el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, con lo prometido??

Ministerio de Justicia

El Ministerio de Justicia modificará el Código Civil para que los jueces puedan establecer la custodia compartida si beneficia al menor
13 de junio de 2012

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado hoy en el Congreso de los Diputados que encargará a la Comisión de Codificación una modificación del Código Civil, que debe estar lista en seis meses, para que su artículo 92 deje de contemplar el carácter excepcional de la custodia compartida de menores en los casos de separaciones y divorcios.

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1215197775106/Medios/1288777063221/Detalle.html