martes, 9 de octubre de 2012

Nunca hicieron falta Puntos de Encuentro, hasta que los jueces y juezas dejaron de ser respetados.



A PROPOSITO DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO

Nunca hicieron falta Puntos de Encuentro, hasta que los jueces y juezas dejaron de ser respetados.


José Luis Sariego. Abogado



Desde que comencé mi labor como abogado de Familia, nunca hicieron falta Puntos de Encuentro, hasta que los jueces y juezas dejaron de ser respetados.

En un sistema legal como el nuestro, la justicia está para obligar a alguien a hacer lo que no quiere, o reprocharle socialmente (mediante una condena) una conducta antisocial y penada por las leyes que la sociedad se provee, para regular la convivencia pacifica de los ciudadanos/as.

Pero hete aquí que desde hace unos años, los jueces de familia han dejado de ser respetados, y sobre todo en sus decisiones. Así se dispararon las demandas de ejecución de sentencia, pidiendo los ciudadanos/as que se cumplieran las sentencias dictadas en las que eran partes afectadas.

Así, a nuestros legisladores, en ése anaciclésico barullo de poder en el que están inmersos los policitos y políticas, que los han decantado hacia posturas cuasi fascistas de los últimos años, nos encontramos que en vez de buscar soluciones pacificas a estos problemas, reforzando legalmente el respeto a las decisiones judiciales, pues no se les ocurre otra cosa que legislar como delito la resolución de estos problemas.

Pero como ven que esto no soluciona nada, pues se inventan los Puntos de Encuentro en aquellos casos donde un progenitor no puede ver a sus hijos tras un divorcio.
Es como si a la victima de un delito le dijéramos que es ella quien debe ir a la cárcel, o hiciéramos responsable a una victima de un robo con fuerza de por qué no se resistió al ladrón con mas ahínco, o como a una víctima de violación, le reprocháramos que no se resistiera al agresor.

Pues eso fue lo que sentí la primera vez que a un cliente mío le obligaban a ir a un Punto de Encuentro.

Los Puntos de Encuentro deben ser un lugar donde deban acudir los progenitores que tengan problemas relacionales entre ellos. No un lugar donde deban acudir los menores.

El derecho de los hijos a ver y estar con su padre y su madre debe estar por encima de todo esto.

Si los puntos de encuentro se establecieron para evitar enfrentamientos entre los padres a la hora de la recogida y entrega, pues que mejor sitio para recoger a los hijos y entregarlos que el colegio. Esto es, que en casos donde las relaciones entre los progenitores era bastante tensa, yo siempre propuse desde allá los años 90 que el padre recogiera a los hijos en el cole los viernes y los devolviera los lunes por la mañana al cole.

Los Puntos de encuentro se han convertido, como toco en este país, en negocio de unos cuantos, pero sobre y mas grave en PUNTOS DE DESENCUENTRO.

Los datos de otros países que ya han decidido que este recurso desaparezca, nos dicen que radicaliza las posturas de los progenitores y dificulta el dialogo posterior. Los menores que acuden a estos centros, lo viven como una experiencia traumática en sus vidas. Eso nos dicen los datos.

Por ello, frente a aquellas instituciones y personalidades que piden mas puntos de encuentro, les digo sin tapujos: No vuelvan a equivocarse.

Devolvamos a las decisiones judiciales el respeto que debemos: basta cumplir con la ley.

¿Para qué existe el artículo 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?

“Artículo 776. Ejecución forzosa de los pronunciamientos sobre medidas. Los pronunciamientos sobre medidas se ejecutarán con arreglo a lo dispuesto en el libro III de esta Ley, con las especialidades siguientes: … 2.ª En caso de incumplimiento de obligaciones no pecuniarias de carácter personalísimo, no procederá la sustitución automática por el equivalente pecuniario prevista en el apartado tercero del artículo 709 y podrán mantenerse las multas coercitivas mensuales todo el tiempo que sea necesario más allá del plazo de un año establecido en dicho precepto. 3.ª El incumplimiento reiterado de las obligaciones derivadas del régimen de visitas, tanto por parte del progenitor guardador como del no guardador podrá dar lugar a la modificación del régimen de guarda y visitas.

Pues apliquemos este artículo de una vez por todas, y nos ahorraremos mucho dinero en Puntos de Encuentro innecesarios.

Fuente:

Granada por la Custodia Compartida Ya.

Anibal Moreno.
Presidente.

cuspargra@hotmail.com
www.custodiacompartidaya.com 
www.26-4.es

JORNADAS CUSTODIA COMPARTIDA EN COLEGIO DE ABOGADOS DE GRANADA 18 Y 19 DE OCTUBRE DE 2012‏

JORNADAS CUSTODIA COMPARTIDA EN COLEGIO DE ABOGADOS DE GRANADA 18 Y 19 DE OCTUBRE DE 2012‏

Granada por la Custodia Compartida Ya.
  

Tlfno: 66 88 72 300
cuspargra@hotmail.com
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domingo, 7 de octubre de 2012

Promover los Valores de la Custodia Compartida para Proteger a los Menores







VII Concentración a favor de la Custodia Compartida, en Plaza del Campillo
(Granada), sábado día 6 de octubre a las 11:00 horas.


Hola a todos.

Queremos agradecer a todos los socios participantes en la VII Concentración a favor de la Custodia Compartida, por su labor desinteresada en la promoción de los valores de la custodia compartida para proteger a los menores, favoreciendo el conocimiento de la sociedad de que tipo de personas estamos detrás de esta petición tan justa y digna para todos.
Compañeros como José Manuel Garrido, Antonio Ruz y Lola, Pepe Herrera, Jorge Olivares, Manuela Perez, Enrique Molina, Rosario Molina, Antonio Huertas, Juan Ramón, Jose A. Molina y la inestimable visita dadas sus circunstancias de Manuel Moral, José A. Maldonado y Anibal Moreno.

Entregamos octavillas, recogimos firmas a favor de la custodia compartida, conversamos y ayudamos a todas aquellas personas que se acercaron a darnos su apoyo, a resolver sus dudas y sus situaciones, con respecto a sus situaciones familiares.

Dada la situación actual de cambio legislativo, las próximas que se desarrollaran serán Granada (primeros sábados de cada mes), y también en La Zubia y Motril.

Os animamos a que participeis para las próximas.

Saludos cordiales.
Granada por la Custodia Compartida Ya.
Acción de Calle
Comisión Transversal

cuspargra@hotmail.com
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jueves, 4 de octubre de 2012

VII Concentración a favor de la Custodia Compartida, en Plaza del Campillo (Granada), sábado día 6 de octubre a las 11:00 horas.






VII Concentración a favor de la Custodia Compartida, en Plaza del Campillo (Granada), sábado día 6 de octubre a las 11:00 horas.


Todos los sábados primeros de cada més.
 La participación y aportación de ideas es fundamental para que dichas concentraciones vayan cogiendo forma y tamaño. La perspectiva de dicha concentración es como siempre lúdico-festiva, con la participación de todos (niños, abuelos y progenitores); es un acto de convivencia y reinvindicación con juegos, actividades para los pequeños, concienciación de los adultos, etc... 

Reenviar este correo a todos vuestros contactos, hagamos la fiesta de la Custodia Compartida.

Hacemos participe a toda la ciudadanía, así como todas las entidades y fuerzas políticas que se sumen a la Concentración en defensa de los derechos de los menores en procesos de separación o divorcio.




Saludos a todos.


Granada por la Custodia Compartida Ya.
Junta Directiva.


Anibal Moreno.                             
Presidente.


cuspargra@hotmail.com
www.custodiacompartidaya.com 
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Projusticia se querella contra la tertuliana Elisa Beni, esposa del juez Gómez Bermúdez

El pasado 14 de junio en el programa de Onda Cero, “Julia en la onda” se debatió la promesa del ministro de Justicia de cambiar en seis meses la ley del divorcio para que la Custodia Compartida no fuese una excepción.

Una de las personas que participaron en el debate, la periodista Elisa Beni, acusó a las asociaciones que promueven la Custodia Compartida de estar integradas por maltratadores e incluso por violadores de sus propios hijos, haciendo mención concreta de nuestra asociación. No es la primera vez que esta persona difunde semejantes calumnias en un programa de radio o televisión.

Por tal motivo se pidió a Onda Cero el ejercer nuestro derecho de rectificación que estipula la legislación vigente (Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación), negándose a ello la emisora pese a nuestros reiterados esfuerzos por hacerlo de manera amistosa.

De tal forma que nos hemos visto obligados a entablar los correspondientes pleitos judiciales (tanto por exigir nuestro derecho de rectificación como por las calumnias e injurias vertidas) pues no estamos dispuestos a consentir que sigan resultando impunes aquellas personas que utilizan la mentira y la calumnia para intentar desacreditar a quienes simplemente exigimos nuestro derecho a convivir con nuestros hijos y educarlos según nuestros criterios tal y como establece el más mínimo sentido común y la Constitución Española.

Personas que se amparan en su condición de “feminista” usándola como patente de corso para calumniar a todo aquel que saca a la luz sus mentiras y negocios sustentados en las subvenciones detraídas del erario público. Esto es, del bolsillo de todos los ciudadanos.

La vista oral sobre la rectificación tendrá lugar el próximo 9 de octubre de 2012 en el juzgado de 1ª instancia nº 5 de Alcobendas, a las 10:30 horas.

En el juicio se aportarán las pruebas correspondientes, la principal es la propia grabación del programa, estando citada como testigo la directora del programa, Julia Otero.

http://www.hispanidad.com/Cartas-director/projusticia-se-querella-contra-la-tertuliana-elisa-beni-esposa-del-ju-20121004-152645.html

JOH

Granada por la Custodia Compartida YA!

miércoles, 3 de octubre de 2012

Sexo y Matemáticas en los Juzgados de Familia



ULTIMA ESTADISTICA SOBRE RUPTURAS MATRIMONIALES

Sexo y Matemáticas en los Juzgados de Familia

Francisco J. Fernández Cabanillas, jurista y economista.


Hace unos días el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado los datos relativos a los divorcios, a las rupturas matrimoniales en general, de 2011 en España. La pregunta es ¿para qué sirven?

La utilidad de los datos estadísticos de divorcios con niño/s según el sexo del progenitor custodio es evidente para el usuario de la administración de justicia y para los abogados de Familia. La razón es la siguiente: el proto-divorciado y su letrado pueden asignar probabilidades a cada una de las tres relevantes opciones posibles: custodia materna, paterna, o compartida. Ello permite tomar decisiones racionales estratégicas en ambiente de riesgo, superando la incertidumbre de la ausencia de datos.

Un ejemplo sencillo. Para el caso de la provincia de Córdoba, según las estadísticas oficiales: la probabilidad de custodia paterna es del 4%, la probabilidad de custodia materna es del 91,1% y la probabilidad de custodia compartida del 4,6%. El cabal entendimiento de estos datos no requiere el uso de un decodificador criptográfico.

Si el progenitor masculino cordobés acude a un abogado y éste, con buen criterio, le aconseja a su cliente “llegar a un acuerdo” con la madre y firmar un Convenio Regulador, ¿qué dirá dicho convenio acordado? Obviamente que la madre será custodia, ocupará la vivienda familiar y cobrará la/s pensión/es quedando reducido el espacio de posible acuerdo a los días/horas de visita paterno-filial y la cuantía de la/s pensión/es. Pero ojo, debemos anticipar que, de futuro, el incumplimiento de las visitas por el custodio será una falta, mientras que el incumplimiento del visitante del deber de pago de la pensión será un delito.

En promedio, el progenitor masculino carece de poder negociador antes de firmar un Convenio Regulador y después, para exigir judicialmente su aplicación práctica, dada la asimetría de sendos costes de oportunidad del cumplimiento de las respectivas obligaciones de los progenitores.

Los datos oficiales del INE también sirven para medir el impacto real de las leyes de las CC.AA. sobre rupturas familiares con niño/s. Así la probabilidad de custodia compartida en Cataluña es del 20%, en Aragón del 19%, en la Comunidad Valenciana del 13,7% (pero su ley estuvo en suspenso por el Tribunal Constitucional dos tercios del año 2011) y en Navarra del 10,36% (su ley elimina el requisito del informe favorable del Ministerio Fiscal y sólo ha estado en vigor la segunda mitad del año). Es por ello que dicen losmass media: sube dos puntos porcentuales el promedio de custodias compartidas en España en 2011. Pero ese promedio se obtiene mezclando churras con merinas, territorios de derecho Común y territorios con derecho civil foral.

En territorio de Derecho Común, el progenitor masculino puede estar viendo vulnerado, en los juzgados de Familia, su derecho fundamental a no ser discriminado indirectamente por razón de sexo. La discriminación indirecta exige prueba estadística y el INE la publica cada año.

¿Dónde está el problema? Pues en que el que discrimina indirectamente por razón de sexo no es el empresario que boicotea el ascenso de sus trabajadores de un sexo en beneficio de los del otro; el que discrimina es el propio Juez del divorcio. Si es el propio Juez, entendido como “Juez promedio”, el que vulnera tu derecho fundamental, tienes un problema gordo: la probabilidad de admisión a trámite de un recurso de amparo no supera el 1,5%; y si optas por el incidente de nulidad de actuaciones, es preguntar al mismo Juez/Tribunal que te ha vulnerado un derecho fundamental si, efectivamente, te lo ha vulnerado (si decidiera que sí, tendría que indemnizarte).

La discriminación indirecta por razón de sexo se cura con Matemáticas: la Teoría de la Probabilidad de la Estadística Matemática. Según el CGPJ (Informe para la reforma de acceso a la carrera judicial de 2011) la tasa media de éxito del examen en las oposiciones a judicaturas es del 7.5%. Pues cualquier opositor a Juez tiene casi el doble de probabilidades de aprobar que de obtener la custodia exclusiva de su niño si se divorcia en Córdoba (y en toda Andalucía) siendo varón.



Fuente:


Granada por la Custodia Compartida Ya.

Anibal Moreno.
Presidente.

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El juez Serrano clama contra el "victimismo" de la madre del menor


El juez Serrano clama contra el "victimismo" de la madre del menor

Miércoles, 3 de Octubre, 2012

Confía en que se esclarezca "la forma" en que la denunciante obtuvo una documentación "reservada"



El juez de Familia Francisco Serrano, que fue condenado por el Tribunal Supremo a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa al modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa, ha trasladado a la mujer que lo denunció que "ya está bien de acogerse a un pretendido victimismo".
En declaraciones, el magistrado ha puesto de manifiesto que ha sido su familia "la que de verdad ha sufrido a consecuencia de una denuncia que la inmensa mayoría de la sociedad no entiende sino desde la perspectiva de un acto de represalia por haber sido crítico con unos determinados planteamientos de política social".
De otro lado, ha mostrado su confianza en que se esclarezca "la forma" en que el abogado y la mujer que lo denunció obtuvieron un documento que, "con carácter reservado y confidencial", había sido remitido por el propio Serrano al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
El magistrado ha explicado que el objetivo de la denuncia interpuesta en este sentido es "esclarecer la forma en que obtuvo ese documento en agosto de 2010, cuando estaban en trámite unas diligencias previas informativas, de cuyo contenido el propio servicio de inspección tiene reconocido su carácter reservado hasta para los propios jueces a quienes se les instruyen esas diligencias".
"En todo caso, el Consejo notifica, a efectos de posible recurso, el acuerdo de archivo o de apertura de expediente disciplinario tras la instrucción de esas diligencias previas informativas, cuyo contenido, se insiste, resulta desconocido hasta para el propio juez interesado", ha puesto de manifiesto.
Ha señalado que, a través de esa denuncia, "se pretende esclarecer si realmente lo que se ha producido no es un ardid del juez con un abogado para conseguir que un niño saliera en una procesión, lo cual en ningún caso aparece como un hecho probado en toda la causa, sino si realmente lo que se encuentra detrás del procedimiento penal que se me ha seguido es una posible estrategia urdida para apartarme de la carrera judicial, objetivo que había hecho público de forma notoria el lobby de género".
Ha añadido que, en el juicio celebrado en el TSJA, "ya se resaltó la extrañeza que provocaba la exhibición y lectura de ese informe, que el abogado" de la denunciante "no aportó al procedimiento, lo cual llamó también la atención al propio presidente de la sala". "Cualquiera que conozca algo de derecho ha de saber que no era en ese procedimiento donde se debía hacer valer esa irregularidad constitutiva de un posible delito", ha dicho.
Hay que recordar que un juez ha imputado tanto al abogado como a la denunciante por hacer uso durante el juicio de este documento que, "con carácter reservado y confidencial", había sido remitido por el propio Serrano al CGPJ.

Granada por la Custodia Compartida Ya.

Anibal Moreno.
Presidente.

cuspargra@hotmail.com
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