lunes, 3 de septiembre de 2012

Hombres maltratados


Hombres maltratados




Los comportamientos violentos han estado ligados generalmente al género masculino. Sin embargo, en el tema de la violencia doméstica, se discute acerca de la supuesta supremacía del sexo masculino en la autoría de los mismos. Hoy en día, para algunos investigadores, casi el mismo número de hombres que de mujeres sufren malos tratos por parte de sus parejas.

Autor: Noemi Joves.

Si nos refiriéramos al maltrato hacia las personas independientemente del sexo, se avanzaría muchísimo. No hay que obviar que dentro del ámbito familiar, no sólo existe la mujer maltratada, sino también los hombres maltratados.

En muchos países, entre ellos algunos del continente americano, el número de hombres que reciben malos tratos de sus parejas es prácticamente similar al de las mujeres, cuando no mayor.

En los Estados Unidos, por ejemplo, el número de hombres maltratados por sus esposas supera al de las mujeres golpeadas por sus maridos, mientras que en España, la carga está pareja, lo que ha motivado a un grupo de hombres de este último país a crear una plataforma institucional con miras a revertir esa tendencia

Un hombre maltratado es aquel que es habitualmente agredido, en forma física o verbal, por su esposa, sus hijos o por quienes conviven con él. Por el tipo de sociedad patriarcal en la que vivimos, la golpeada suele ser la mujer. A un hombre le cuesta admitirlo.



Los hombres maltratados no se atreven a denunciar estos hechos, porque los ven como algo que puede afectar a su hombría.

La percepción común es que los hombres nunca son las víctimas de la violencia doméstica. Para resolver el problema debemos liberarnos de este tabú y tener un acercamiento más equilibrado al problema.

Como sucede con la mayoría de los problemas de violencia familiar, la situación empeora día tras día y los maltratos aumentan puertas adentro y con más de un cómplice.

Si bien cuando se habla de violencia familiar se suele pensar en la agresión física, el maltrato verbal o psicológico es a veces mucho más doloroso.

La valorización que se hace de los actos del hombre y cómo se le habla suelen ser formas de violencia mucho más comunes de lo que se cree.

La agresión verbal es más citada ante los profesionales por los hombres que por las mujeres.
La desautorización de la palabra frente a los hijos es sumamente agresiva para los hombres, aunque la comunidad tiene poca conciencia de esto. Cuando este tipo de críticas no se realiza en la intimidad, las agresiones se transforman en graves denigraciones.

La principal causa reside en el hecho de que se trata de matrimonios enfermos. Aunque los problemas económicos, la falta de trabajo y las adicciones aumentan las formas de violencia, las principales causas de la violencia doméstica son el deterioro de la relación de la pareja y la incompatibilidad de caracteres, que empiezan a chocar y llegan los malos tratos.

La problemática puede ser enfocada desde distintas aristas: desde la desigualdad social entre los géneros en cuánto al ejercicio del poder entre varones y mujeres- a en la actualidad, posturas machistas y feministas y autoritarismo.

El hombre está siendo desplazado del lugar de proveedor de los bienes de la familia. Al disminuir su salario o quedar sin trabajo, aparece una situación que daña su autoestima y aumenta la agresión del grupo familiar hacia él.

Muchas mujeres viven en una encrucijada caótica entre el hogar y el trabajo, y su casa es el único lugar de desahogo para ellas. La mujer pelea contra el varón que la oprime y el hombre golpeado, en este caso su marido, es un representante de esta opresión.

El enfoque psicológico, sostiene que la violencia es el resultado de experiencias traumáticas sufridas en la infancia.

Los varones maltratados constituyen un tema tabú, un tema que en la mayoría de los casos nos sorprende o nos angustia, y al que damos por respuesta alguna frasecita "machista" .

El maltrato que reciben tantos varones como mujeres exige una mirada a los cambios que se están generando en nuestra sociedad globalizada, pues se está distorsionando la realidad de las personas maltratadas.

Por una cuestión cultural o de falso machismo, debido a una estima desvalorizada, estos varones se niegan la posibilidad de trabajar estos aspectos que los lastiman tanto, y la misma sociedad no les ha dado un lugar significativo en la misma, precisamente porque no ha sido demandado por ellos, víctimas del autoritarismo.

El hombre no sale solo de un problema como éste. Necesita de un grupo de pares, sentir que existe la posibilidad de salir de esta trampa y encontrar su lugar en el mundo.

Fuente:

http://fadiecc.blogspot.com.es/2012/09/hombres-maltratados.html

Granada por la Custodia Compartida Ya.
Junta Directiva.

Anibal Moreno.
Presidente
605501917
cuspargra@hotmail.com


SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL: NIÑOS MANIPULADOS


Sección: Salud Mental, Implicaciones Legales y Forenses.



Dña. Victoria Trabazo Arias, Editora y Coordinadora Sección


SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL: NIÑOS MANIPULADOS
TRAS LA SEPARACIÓN


Las últimas estadísticas señalan que en España una pareja se rompe cada cuatro minutos, ya no resulta extraño tener en nuestro círculo más cercano alguna pareja que se ha separado, nuestro vocabulario se amplía con términos como “pensión alimenticia”, “custodia compartida”, “régimen de visitas”, etc. Detrás de esta realidad se encuentran diversas historias, en los mejores casos los progenitores han podido llegar a un entendimiento para que sus hijos superen el trauma de la separación, en otros muchos este entendimiento no se ha podido dar dando lugar a un gran sufrimiento tanto para los menores como para los adultos implicados.

Una de las situaciones más traumáticas es cuando se observa en un menor el Síndrome de Alienación Parental (SAP). El SAP definido por Richard Gardner en 1985 es “un trastorno caracterizado por el conjunto de síntomas que resultan del proceso por el cual un progenitor transforma la conciencia de sus hijos, mediante distintas estrategias, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor”, es decir, uno de los progenitores manipula al menor con el fin de que éste rehace al otro.

Es importante señalar que el SAP se diagnostica en los menores cuando esta manipulación ya se ha producido, es decir, no es suficiente que el progenitor alienador lleve a cabo una conducta de manipulación, sino que es necesario que esta conducta realmente tenga efecto. Lamentablemente esto hace que la intervención psicológica para reparar el daño sea muy complicada ya que nos encontramos con menores convencidos de que su odio hacia el progenitor alienado está totalmente justificado.

El SAP aparece en un menor tras un proceso que puede variar en el tiempo según los casos, cuánto más tiempo pase el progenitor manipulador con su hijo, más tiempo tendrá para desarrollar su campaña de injurias y desacreditación. Lo que más llama la atención en el SAP es la ausencia de ambivalencia en el odio del menor, es uno odio similar al de un fanatismo terrorista. Frente a este odio, el menor suele considerar al progenitor alienador como una persona sin ninguna tacha, una víctima vulnerable a la que tiene que defender. Además, cuando al menor se le sugiere que puede haber sido en algún modo manipulado, se defiende asegurando que siempre ha pensado así y que nadie le ha dicho lo que tenía que pensar.

En numerosas ocasiones este odio que siente el menor, y que carece de todo sentimiento de culpa, se extiende a todo el entorno del progenitor alienado como pueden ser los abuelos, los primos, amigos, el domicilio del progenitor o la nueva pareja.

El progenitor alienado recibe este ataque por parte de su hijo inicialmente con gran estupor y posteriormente, cuando va viendo cómo pasa el tiempo y la manipulación aumenta, con gran frustración e indefensión. La lentitud de las decisiones judiciales contribuyen en muchos casos a aumentar esta sensación al no encontrar medios para parar este proceso manipulativo.

En la mayoría de los casos en los que son varios los menores implicados la manipulación se extiende a todos ellos con el fin de que hagan un frente común hacia el progenitor alienado.

El SAP tiene serias consecuencias a largo plazo. En los casos en los que la intervención es efectiva, por un lado el menor tiene que enfrentarse a un fuerte sentimiento de culpa por su enfrentamiento con uno de sus progenitores y por el otro tiene que reconocer que la persona en la que confiaba ciegamente lo ha utilizado.

Fuente:
http://fadiecc.blogspot.com.es/2012/09/sindrome-de-alienacion-parental-ninos.html

Granada por la Custodia Compartida Ya.
Junta Directiva.

Anibal Moreno.
Presidente
605501917
cuspargra@hotmail.com

Las leyes y la mujer

SEPARACIONES MATRIMONIALES


Las leyes y la mujer



Maria Aguilera Fernández - (Sant Fost de Campsentelles)
En pocas décadas, la mujer ha pasado de estar subordinada a ser defendida por inercia. Es desconcertante que una mujer separada pueda adueñarse de los hijos y, con esta excusa, también de la casa, el coche y el dinero de su expareja, alejándolo de sus hijos. El hombre debe pagar una pensión (a veces desorbitada) incluso cuando la custodia es compartida, fomentando que ella no intente mejorar su situación laboral, pues el juez se lo compensa. La mujer actual es autónoma, pero la ley no parece haberse adaptado, como si los hombres fueran una fuente inagotable de recursos. Debo señalar la inaceptable existencia de abogados que defienden a su cliente por el mero hecho de ser mujer. Aunque también existen hombres que se desentienden de sus hijos. La custodia debería ser siempre compartida y sin pensión, pues es lo justo para niños y adultos, salvo excepciones.


Fuente:
http://www.elperiodico.com/es/cartas/lectores/las-leyes-mujer/69269.shtml


Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).
Junta Directiva

Anibal Moreno.

Hombres maltratados.


Hombres maltratados



Los comportamientos violentos han estado ligados generalmente al género masculino. Sin embargo, en el tema de la violencia doméstica, se discute acerca de la supuesta supremacía del sexo masculino en la autoría de los mismos. Hoy en día, para algunos investigadores, casi el mismo número de hombres que de mujeres sufren malos tratos por parte de sus parejas.

Autor: Noemi Joves.

Si nos refiriéramos al maltrato hacia las personas independientemente del sexo, se avanzaría muchísimo. No hay que obviar que dentro del ámbito familiar, no sólo existe la mujer maltratada, sino también los hombres maltratados.

En muchos países, entre ellos algunos del continente americano, el número de hombres que reciben malos tratos de sus parejas es prácticamente similar al de las mujeres, cuando no mayor.

En los Estados Unidos, por ejemplo, el número de hombres maltratados por sus esposas supera al de las mujeres golpeadas por sus maridos, mientras que en España, la carga está pareja, lo que ha motivado a un grupo de hombres de este último país a crear una plataforma institucional con miras a revertir esa tendencia

Un hombre maltratado es aquel que es habitualmente agredido, en forma física o verbal, por su esposa, sus hijos o por quienes conviven con él. Por el tipo de sociedad patriarcal en la que vivimos, la golpeada suele ser la mujer. A un hombre le cuesta admitirlo.



Los hombres maltratados no se atreven a denunciar estos hechos, porque los ven como algo que puede afectar a su hombría.

La percepción común es que los hombres nunca son las víctimas de la violencia doméstica. Para resolver el problema debemos liberarnos de este tabú y tener un acercamiento más equilibrado al problema.

Como sucede con la mayoría de los problemas de violencia familiar, la situación empeora día tras día y los maltratos aumentan puertas adentro y con más de un cómplice.

Si bien cuando se habla de violencia familiar se suele pensar en la agresión física, el maltrato verbal o psicológico es a veces mucho más doloroso.

La valorización que se hace de los actos del hombre y cómo se le habla suelen ser formas de violencia mucho más comunes de lo que se cree.

La agresión verbal es más citada ante los profesionales por los hombres que por las mujeres.
La desautorización de la palabra frente a los hijos es sumamente agresiva para los hombres, aunque la comunidad tiene poca conciencia de esto. Cuando este tipo de críticas no se realiza en la intimidad, las agresiones se transforman en graves denigraciones.

La principal causa reside en el hecho de que se trata de matrimonios enfermos. Aunque los problemas económicos, la falta de trabajo y las adicciones aumentan las formas de violencia, las principales causas de la violencia doméstica son el deterioro de la relación de la pareja y la incompatibilidad de caracteres, que empiezan a chocar y llegan los malos tratos.

La problemática puede ser enfocada desde distintas aristas: desde la desigualdad social entre los géneros en cuánto al ejercicio del poder entre varones y mujeres- a en la actualidad, posturas machistas y feministas y autoritarismo.

El hombre está siendo desplazado del lugar de proveedor de los bienes de la familia. Al disminuir su salario o quedar sin trabajo, aparece una situación que daña su autoestima y aumenta la agresión del grupo familiar hacia él.

Muchas mujeres viven en una encrucijada caótica entre el hogar y el trabajo, y su casa es el único lugar de desahogo para ellas. La mujer pelea contra el varón que la oprime y el hombre golpeado, en este caso su marido, es un representante de esta opresión.

El enfoque psicológico, sostiene que la violencia es el resultado de experiencias traumáticas sufridas en la infancia.

Los varones maltratados constituyen un tema tabú, un tema que en la mayoría de los casos nos sorprende o nos angustia, y al que damos por respuesta alguna frasecita "machista" .

El maltrato que reciben tantos varones como mujeres exige una mirada a los cambios que se están generando en nuestra sociedad globalizada, pues se está distorsionando la realidad de las personas maltratadas.

Por una cuestión cultural o de falso machismo, debido a una estima desvalorizada, estos varones se niegan la posibilidad de trabajar estos aspectos que los lastiman tanto, y la misma sociedad no les ha dado un lugar significativo en la misma, precisamente porque no ha sido demandado por ellos, víctimas del autoritarismo.

El hombre no sale solo de un problema como éste. Necesita de un grupo de pares, sentir que existe la posibilidad de salir de esta trampa y encontrar su lugar en el mundo.

Fuente:

Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).
Junta Directiva

Anibal Moreno.

SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL: NIÑOS MANIPULADOS

Sección: Salud Mental, Implicaciones Legales y Forenses.



Dña. Victoria Trabazo Arias, Editora y Coordinadora Sección


SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL: NIÑOS MANIPULADOS
TRAS LA SEPARACIÓN


Las últimas estadísticas señalan que en España una pareja se rompe cada cuatro minutos, ya no resulta extraño tener en nuestro círculo más cercano alguna pareja que se ha separado, nuestro vocabulario se amplía con términos como “pensión alimenticia”, “custodia compartida”, “régimen de visitas”, etc. Detrás de esta realidad se encuentran diversas historias, en los mejores casos los progenitores han podido llegar a un entendimiento para que sus hijos superen el trauma de la separación, en otros muchos este entendimiento no se ha podido dar dando lugar a un gran sufrimiento tanto para los menores como para los adultos implicados.

Una de las situaciones más traumáticas es cuando se observa en un menor el Síndrome de Alienación Parental (SAP). El SAP definido por Richard Gardner en 1985 es “un trastorno caracterizado por el conjunto de síntomas que resultan del proceso por el cual un progenitor transforma la conciencia de sus hijos, mediante distintas estrategias, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor”, es decir, uno de los progenitores manipula al menor con el fin de que éste rehace al otro.

Es importante señalar que el SAP se diagnostica en los menores cuando esta manipulación ya se ha producido, es decir, no es suficiente que el progenitor alienador lleve a cabo una conducta de manipulación, sino que es necesario que esta conducta realmente tenga efecto. Lamentablemente esto hace que la intervención psicológica para reparar el daño sea muy complicada ya que nos encontramos con menores convencidos de que su odio hacia el progenitor alienado está totalmente justificado.

El SAP aparece en un menor tras un proceso que puede variar en el tiempo según los casos, cuánto más tiempo pase el progenitor manipulador con su hijo, más tiempo tendrá para desarrollar su campaña de injurias y desacreditación. Lo que más llama la atención en el SAP es la ausencia de ambivalencia en el odio del menor, es uno odio similar al de un fanatismo terrorista. Frente a este odio, el menor suele considerar al progenitor alienador como una persona sin ninguna tacha, una víctima vulnerable a la que tiene que defender. Además, cuando al menor se le sugiere que puede haber sido en algún modo manipulado, se defiende asegurando que siempre ha pensado así y que nadie le ha dicho lo que tenía que pensar.

En numerosas ocasiones este odio que siente el menor, y que carece de todo sentimiento de culpa, se extiende a todo el entorno del progenitor alienado como pueden ser los abuelos, los primos, amigos, el domicilio del progenitor o la nueva pareja.

El progenitor alienado recibe este ataque por parte de su hijo inicialmente con gran estupor y posteriormente, cuando va viendo cómo pasa el tiempo y la manipulación aumenta, con gran frustración e indefensión. La lentitud de las decisiones judiciales contribuyen en muchos casos a aumentar esta sensación al no encontrar medios para parar este proceso manipulativo.

En la mayoría de los casos en los que son varios los menores implicados la manipulación se extiende a todos ellos con el fin de que hagan un frente común hacia el progenitor alienado.

El SAP tiene serias consecuencias a largo plazo. En los casos en los que la intervención es efectiva, por un lado el menor tiene que enfrentarse a un fuerte sentimiento de culpa por su enfrentamiento con uno de sus progenitores y por el otro tiene que reconocer que la persona en la que confiaba ciegamente lo ha utilizado.

Fuente:

Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).
Junta Directiva

Anibal Moreno.


sábado, 1 de septiembre de 2012

¿Es posible solicitar una indemnización por daños morales cuando un padre impide el contacto del otro con su hijo?.


¿Es posible solicitar una indemnización por daños morales cuando un padre impide el contacto del otro con su hijo?

Publicado por Rupturas.es el 23.08.2012 -



En el art. 160 del Código Civil reconoce explícitamente el derecho de visitas a los hijos, señalando que “los progenitores, aunque no ejerzan la patria potestad, tienen el derecho de relacionarse con sus hijos menores“.

De esta forma, el convenio regulador de la separación o del divorcio deberá contener el régimen de visitas, comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva con ellos, acuerdo que será aprobado por el juez salvo si es dañoso para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges. Además existe la posibilidad de establecer un régimen de visitas de los nietos con sus abuelos.

En defecto de acuerdo, o en caso de no aprobación del mismo, el juez determinará el tiempo, modo y lugar del ejercicio de este derecho, que podrá limitar o suspender si se dieren graves circunstancias que así lo aconsejen o se incumplieren grave o reiteradamente los deberes impuestos por la resolución judicial. También podrá en estos casos determinar el juez el derecho de comunicación y visita de los nietos con sus abuelos.

Hay que recordar que las comunicaciones paterno-filiales constituyen, además, un factor deenriquecimiento para los hijos y no deben ser objeto de interpretación restrictiva. La Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de julio de 2002, en esta línea, ha señalado que «el derecho de los hijos a relacionarse con los progenitores no se puede negar ni privar de principio, porque se ha de dar la oportunidad, de acuerdo con la legalidad, de poder ejercer como padre y cumplir los deberes que como tal le correspondan».

Además, los tribunales vienen considerando unánimemente este derecho como un “derecho-deber“, marcado no sólo por el interés de los progenitores, sino fundamentalmente por la búsqueda del mayor beneficio para los hijos, cuya influencia es permanente en todos los procesos de ruptura matrimonial.

Ya vimos en su momento alguna de las consecuencias del incumplimiento del régimen de visitas, pero nos planteamos ahora si es posible solicitar una indemnización económica por los daños moralesocasionados por el incumplimiento u obstaculización del régimen de visitas realizado por el progenitor custodio, impidiendo el contacto habitual del otro con su hijo.

La respuesta a esta cuestión es positiva. Al amparo del art. 1902 CC (“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado“), podrá solicitarse una indemnización por incumplimiento del régimen de visitas imputable al progenitor custodio.

La acción debe entablarse ante el Juzgado de 1.ª Instancia competente, siempre que no haya prescrito.

Además, hay que tener en cuenta que para que se estas acciones sean indemnizables deben acreditarse los requisitos exigidos habitualmente por este artículo:
Debe tratarse de una conducta u omisión, normalmente en forma de interferencias activas o pasivas del progenitor custodio que culminan en la imposibilidad de que se desarrolle el régimen de visitas fijado.
Debe existir un daño, en este caso un daño moral constatable y ocasionado por la privación al no custodio del contacto con el menor.
Debe existir una relación de causa-efecto entre ambos elementos, es decir, relación entre la conducta del incumplidor y el daño moral que sufre el demandante.

En la mayoría de las ocasiones no es sencillo acreditar estos daños ni su valoración económica, por lo que ha tenido éxito en aquellos supuestos en los que se ha impedido prácticamente por completo el contacto con el menor (cualquier incumplimiento no es indemnizable ni provoca dichos daños).

En el próximo artículo desarrollaremos estos requisitos a través de una de las sentencias en las que esta indemnización se reconoce. Se trata de una madre que impide deliberadamente, y durante años, que el menor se relacione con su padre y que es condenada al pago de una indemnización de 60.000 euros (sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, 512/2009).


Fuente:

http://granadaporlacustodiacompartidaya.blogspot.com.es/2012/09/es-posible-solicitar-una-indemnizacion.html 


Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).
Junta Directiva

Anibal Moreno.

¿Es posible solicitar una indemnización por daños morales cuando un padre impide el contacto del otro con su hijo?


¿Es posible solicitar una indemnización por daños morales cuando un padre impide el contacto del otro con su hijo?

Publicado por Rupturas.es el 23.08.2012 -



En el art. 160 del Código Civil reconoce explícitamente el derecho de visitas a los hijos, señalando que “los progenitores, aunque no ejerzan la patria potestad, tienen el derecho de relacionarse con sus hijos menores“.

De esta forma, el convenio regulador de la separación o del divorcio deberá contener el régimen de visitas, comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva con ellos, acuerdo que será aprobado por el juez salvo si es dañoso para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges. Además existe la posibilidad de establecer un régimen de visitas de los nietos con sus abuelos.

En defecto de acuerdo, o en caso de no aprobación del mismo, el juez determinará el tiempo, modo y lugar del ejercicio de este derecho, que podrá limitar o suspender si se dieren graves circunstancias que así lo aconsejen o se incumplieren grave o reiteradamente los deberes impuestos por la resolución judicial. También podrá en estos casos determinar el juez el derecho de comunicación y visita de los nietos con sus abuelos.

Hay que recordar que las comunicaciones paterno-filiales constituyen, además, un factor deenriquecimiento para los hijos y no deben ser objeto de interpretación restrictiva. La Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de julio de 2002, en esta línea, ha señalado que «el derecho de los hijos a relacionarse con los progenitores no se puede negar ni privar de principio, porque se ha de dar la oportunidad, de acuerdo con la legalidad, de poder ejercer como padre y cumplir los deberes que como tal le correspondan».

Además, los tribunales vienen considerando unánimemente este derecho como un “derecho-deber“, marcado no sólo por el interés de los progenitores, sino fundamentalmente por la búsqueda del mayor beneficio para los hijos, cuya influencia es permanente en todos los procesos de ruptura matrimonial.

Ya vimos en su momento alguna de las consecuencias del incumplimiento del régimen de visitas, pero nos planteamos ahora si es posible solicitar una indemnización económica por los daños moralesocasionados por el incumplimiento u obstaculización del régimen de visitas realizado por el progenitor custodio, impidiendo el contacto habitual del otro con su hijo.

La respuesta a esta cuestión es positiva. Al amparo del art. 1902 CC (“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado“), podrá solicitarse una indemnización por incumplimiento del régimen de visitas imputable al progenitor custodio.

La acción debe entablarse ante el Juzgado de 1.ª Instancia competente, siempre que no haya prescrito.

Además, hay que tener en cuenta que para que se estas acciones sean indemnizables deben acreditarse los requisitos exigidos habitualmente por este artículo:
Debe tratarse de una conducta u omisión, normalmente en forma de interferencias activas o pasivas del progenitor custodio que culminan en la imposibilidad de que se desarrolle el régimen de visitas fijado.
Debe existir un daño, en este caso un daño moral constatable y ocasionado por la privación al no custodio del contacto con el menor.
Debe existir una relación de causa-efecto entre ambos elementos, es decir, relación entre la conducta del incumplidor y el daño moral que sufre el demandante.

En la mayoría de las ocasiones no es sencillo acreditar estos daños ni su valoración económica, por lo que ha tenido éxito en aquellos supuestos en los que se ha impedido prácticamente por completo el contacto con el menor (cualquier incumplimiento no es indemnizable ni provoca dichos daños).

En el próximo artículo desarrollaremos estos requisitos a través de una de las sentencias en las que esta indemnización se reconoce. Se trata de una madre que impide deliberadamente, y durante años, que el menor se relacione con su padre y que es condenada al pago de una indemnización de 60.000 euros (sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, 512/2009).

Fuente:


Granada por la Custodia Compartida Ya.
Junta Directiva.

Anibal Moreno.
Presidente
605501917
cuspargra@hotmail.com