jueves, 30 de agosto de 2012

A propósito de los peligros de la custodia compartida en menores de 6 años.


ARTÍCULO DE OPINIÓN


A propósito de los peligros de la custodia compartida en menores de 6 años.


(Diez años de la Ley de 4 de Marzo de 2002 de reforma del Code Civile sobre los tiempos de convivencia alterna en Francia)

“A los miles de niños que sufren en España el alejamiento de uno de sus progenitores”


José Luis Sariego Morillo

Abogado


Como consecuencia de mi participación en la elaboración de un libro en Francia, que va a ser publicado para celebrar los diez años de la ley de custodia alterna y compartida en Francia, decidí sacar a colación las distintas discusiones con psicólogos e incluso con juristas metidos a psicólogo, jueces y fiscales incluidos, que nos vienen a decir que la custodia compartida o alterna con los niños y niñas menores de seis años no es buena para ellos, porque lo dicen los estudios que hay sobre ello.

Muchas de estas personas tienen razón en una sola cosa, y es que existe un único estudio realizado en el año 1999 y luego reproducido en 2003 en Francia, al que se le dio una publicidad institucional inusitada, mientras que el resto de estudios (más de cien) que aconsejan la custodia compartida de los hijos tras el divorcio, no tuvieron una publicidad institucionalizada tan alta.

Aquel estudio fue elaborado ex profeso, por personas que ideológicamente se oponían a la custodia alterna o compartida de los hijos tras el divorcio, salvo que ambos progenitores estuvieran de acuerdo. Se llegó a descubrir mas tarde, que estas personas llegaron a cobrar dinero a priori del estudio para que produjera determinados resultados ad hoc. Esto es, fueron antes las conclusiones (custodia compartida como algo negativo) que la recogida y el estudio de los datos.

Me refiero al tan denostado en Europa estudio de Solomon y Jorge (1999), pero muy pocas personas, sobre todo profesionales del derecho lo han llegado a leer, sino que tan solo han escuchado hablar de sus conclusiones, sin conocer el contenido del mismo.

Como quiera que hoy en nuestro país, a propósito de las leyes que se están elaborando a favor del establecimiento de la custodia compartida, se alzan voces de presidentas de asociaciones de mujeres y de unas 16 personas únicamente (según última manifestación realizada en Madrid en enero de 2012) en contra de la CC de forma preferente en casos de divorcio, es lo que me ha hecho estudiar de forma algo mas profunda el famoso estudio en el que se basan estas pocas y vulgares, (vulgar es según la RAE aquello que es impropio de personas cultas o educadas) pero no por ello, ruidosas voces.

Pues bien, recientemente, en la revista de psicología de la Asociación Canadiense sobre la Salud, el Profesor de la Universidad de Grénoble, Gérard Poussin ha publicado el entramado de aquel estudio de Solomon y Jorge, planteándose simplemente una pregunta ¿por qué se dan conclusiones tan nefastas en el estudio de Solomon en comparación a los cientos de estudios que dicen lo contrario?

Y no deja de sorprenderme los datos del estudio de Solomon y Jorge, los cuales ni siquiera han podido ser avalados científicamente para ser publicados en una revista especializada, debido a la falta de rigor científico del mismo. Ni un solo “referee” jurídico-psicológico-científico ha dado el visto bueno a su publicación, y de hecho es difícil encontrar referencias de este estudio en publicaciones serias. Los artículos que se publican en Europa desde los años 90 en contra de la custodia compartida preferente, lo hacen sobre la base del estudio de Solomon y Jorge, pero sólo añaden opiniones, pero ni un solo datos o estudio científico.

Así, en aquel famoso estudio de 1999 realizado como oposición a la ley francesa de marzo de 2002, se encontraron los siguientes fallos:

1.- Los niños estudiados, la inmensa mayoría no habían visto a su padre nunca. (68%)

2.- la otra parte de niños que si conocían a sus papás, hacían meses, incluso años que no los veían, por distintos motivos, pero sobre todo por sustracción, alejamiento o alienación de las madres.

3.-Estos niños fueron estudiados al tener los primeros contactos con el papá (extraños para los niños). Tampoco se hizo un seguimiento de este estudio a lo largo de varios meses o años, como suele hacerse en los estudios mas serios.

En estas tres premisas están basadas el estudio de Solomon y Jorge de 1999, que mas tarde ha dado lugar a que se recoja en muchos artículos de opinión (ninguno científico) y se ha trasladado al imaginario social, basándose sólo en la conclusión de que los niños sufrían mucho con la custodia compartida con sus papás porque eran muy pequeños, ocultándose a propósito las premisas en las que se había hecho el estudio.

Por ello, cuando se van a cumplir diez años de la ley francesa de custodia alterna, y cuando parece que en España está mas cerca que nunca una regulación mas humanizada y protectora de los derechos de niños y niñas cuyos progenitores se separan, hay voces que se levantan con el puño en alto, con artículos y páginas webs basados en aquel estudio, rechazando, sin fundamento alguno científico la figura de la custodia compartida o alterna.

De ahí este pequeño artículo para que nos haga reflexionar a los operadores jurídicos y podamos tener algo mas de información, que no desinformación, de la que se ha tenido hasta ahora.

Nosotros ya hicimos nuestro propio estudio longitudinal sobre una muestra de 378 familias sobre custodia compartida en 2008 (acceso libre en www.lexfamily.es/revista.php), que fue publicado en Lex Family en el que quedó patente, que tras haber pasado tres años desde que niños y niñas vivían en custodia compartida, los niños y niñas eran mas felices que los que vivían bajo la figura de la custodia monoparental y al mismo nos remitimos.

Como afirma el Profesor Poussin et al. (2005), no es razonable este debate sobre lo perjudicial de la Custodia Compartida.

En otros estudios posteriores a la ley francesa y a propósito de la misma, como los estudios de Waters et al. (2000) hizo un estudio longitudinal durante veinte años, en cuyas conclusiones se podían apreciar que los menores que habían vivido bajo la custodia compartida eran mejores adultos y tenían mejor socialización que los menores que habían vivido en custodia exclusiva de sus madres. Se llegó a la conclusión que la falta del afecto o apego inicial con respecto a un progenitor al comienzo de la vida en custodia compartida, no tenía ninguna repercusión en la vida de los menores, ya que al poco tiempo estos apegos se creaban y daban seguridad a los menores, precisamente por la puesta en práctica de la custodia alterna.

En 2004, el estudio de Pruett et al. (2004) sobre niños tenían edad totalmente de 0 a 6 años de 137 familias y en que todos los padres salvo tres habían vivido juntos con niño antes del divorcio, llegaron a las siguientes conclusiones:

“En principio, las variables independientes (o "invocadas") eran la relación padres e hijos, los conflictos familiares y la observación de las familias que seguía criterios precisos y organizados a priori (número de noches pasadas en casa del padre y la madre, número de personas que se ocupaba del niño, los procedimientos puestos en ejecución por cada uno de los progenitores, etc.).

Las variables dependientes (o "evocadas") eran el CBCL para los niños de más de dos años y la escala de Aschenbach para menos de dos años. Se trata de escalas que miden diferentes tipos de manifestaciones psicológicas en casa del niño. Fueron cumplidas por ambos progenitores, en todos los casos estudiados”.

El resultado de este estudio, nos dice que el hecho de compartir el dormir en casa de un progenitor y otro de forma normalizada y equilibrada, tiende más bien a hacer disminuir las manifestaciones de problemas psicológicos en los niños.

Así las madres al igual que los padres, valoraron de igual forma y en positivo, la mejora en la socialización de los niños, como consecuencia directa de dormir el niño en casa de su padre al igual que en casa de su madre.

Las madres, incluso llegaron a valorar la existencia de menos problemas cognitivos y menos problemas de atención cuando el niño pasaba ciertas noches en casa de su padre. Cuando estos contactos o el hecho de dejar de dormir en casa de los padres, las madres observaron que se agravaban los problemas conductuales y tenía efectos negativos de manera significativa en cuanto a los comportamientos agresivos del niño, la falta de socialización y los problemas de atención educativa.

Pero el dato más significativo a nuestro parecer de este estudio y presente en otros muchos, es que la existencia de conflictos entre los dos progenitores son al principio muy problemáticos, sobre todo porque hay niños en los que se ha suscitando o provocado problemas de tipo somáticos según las madres (problemas de salud inexistentes) y problemas de ansiedad, y de aparición de conductas destructoras o agresoras, según los padres.

En todo caso, a qué conclusiones podemos llegar frente a la existencia de estudios contradictorios sobre la bondad o falta de ella, de la custodia alterna de los niños menores de 6 años.

Pues debo decir, que en todo el tiempo que llevo como abogado de familia, he observado que los detractores de la custodia compartida o alterna de los niños, sobre todo en los menores de 6 años, aplican o buscan explicaciones de estudios que no hablan de la residencia alterna, sino de la corresponsabilidad parental, sobre todo cuando existen diferencias educativas entre padres y madres o, un alto grado de conflicto entre estos.

Lo que sí es importante es que “uno de cada cien estudios” sobre la custodia compartida que se han publicado, dan como resultado que la custodia alterna o compartida de los hijos tras el divorcio, es maligna para el desarrollo de niños y niñas. Pero lo que llama especialmente la atención es que ésos “uno de cada cien estudios”, apenas cuenta con muestras significativas o se ocultan (¿a propósito?) las variables que son objeto de estudio., además que apenas estudian las consecuencias de la residencia alterna de los hijos en casa de ambos progenitores, a medio y largo plazo.

Eso es lo que me hace pensar que simplemente quienes fomentan este tipo de supuestos estudios contra la custodia compartida, tienen mas que una base científica, una base ideológica que sigue manteniendo que las mujeres, en cuanto madres, para lo que sirven, es para cuidar de los hijos.

Siguiendo a Bronchal, estoy de acuerdo que es curioso el dato, que algunos estudios que dan como resultado a priori, lo negativo de la custodia compartida, están fomentados y financiados unos, desde instituciones eclesiásticas defensoras de la familia tradicional y otros, desde las instituciones feministas radicales de izquierda, que parten de la base que la familia es el primer lugar donde la mujer es oprimida.

No acabo de comprender que unos y otras estén de acuerdo en todo esto.

Ya el Profesor Poussin, que lleva mas de veinte años de estudios y dedicación, ha publicado recientemente un artículo en el que afirma, que es casi imposible encontrar un estudio con rigor que haya podido estudiar varios casos de menores de seis años con custodia alterna, debido a la escasez de divorcios de parejas con hijos de esa edad, y en los casos encontrados, hay muy pocos casos de custodia alterna de los menores.

Cuando, en nuestro país, se legalizó la adopción de menores por parte de parejas homosexuales, los estudios que se usaron, se basaron en datos recogidos a menos de diez familias, y las conclusiones fueron que era bueno y positivo para niños y niñas ser adoptados por parejas homosexuales. Igual rigor científico que se aplicó a estos casos, se aplica actualmente al rechazo a la custodia alterna de los hijos tras el divorcio. Ósea, ningún rigor científico. Ya me dirán los lectores. Apenas 10 familias.

Pero más fácil que todo esto, es aplicar el sentido común a todo este debate:

Si llevamos en nuestro país y en todo occidente años estudiando a cientos de miles de niños y niñas que duermen fin de semana si, fin de semana no, en casa de sus papás, y ninguno de estos estudios ha concluido que esto sea malo para los menores, está claro que no necesitamos ningún otro estudio. Si ello fuera tan nocivo para los niños, ya tendríamos desde hace años, numerosos ejemplos de esta nocividad. Pues no existe ni un solo estudio que diga que esto es nocivo para los menores.

Es más, en nuestro país es tal la muestra de ideología machista y patriarcal que hay en el derecho de familia y en la mayoría de sus operadores jurídicos y psicosociales, que no deja de sorprenderme el hecho de que a diario 87 casos de cada 100 se otorgue la custodia exclusiva de los hijos a la madre, por ser la más adecuada y preparada (se supone que los papás no son adecuados) y sin embargo a los papás se les considere adecuados y preparados la mitad de las vacaciones o fines de semana alternos. Si no son adecuados para ostentar la custodia compartida, tampoco lo serán para tener visitas. ¿o no?. Pues, van los Juzgados y dejan la mitad de vacaciones y fines de semana alternos como mínimo, en manos de personas irresponsables (los papás casi siempre) a los niños. Inexplicable, y menos aún, entendible.

Sostiene el profesor Poussin y estoy de acuerdo con él, que la inmensa mayoría de los estudios que hemos podido encontrar contra la custodia alterna o compartida, en realidad, enmascaran la realidad de dichas familias: separación conflictiva de los progenitores, lucha por la casa, el dinero, venganza, etc. En la mayoría de estos estudios aparece un dato muy significativo, y es el rechazo de un menor hacia una de sus figuras parentales, en especial hacia sus papás. Y lo que es peor, se alega este hecho, como excusa “científica” para rechazar la custodia alterna o compartida.

El mundo de la psicología y psiquiatría clínica está plagado de nuevos pacientes con un perfil común, a saber: personas que en su infancia hicieron frente a una separación cruel y conflictiva de sus progenitores, y especialmente, personas que fueron alejadas de uno de sus progenitores hasta que llegados a la adultez, ven que aquello les afecta en su vida como adultos, ora por haber descubierto que aquel rechazo fue incitado a través de la trasmisión de falsa memoria (Bronchal, 2007), o simplemente aquellas personas que fueron tan persuadidas de niños, que no terminan de aceptar que deben suprimir de su memoria y sus afectos, a uno de sus progenitores.

Como nos recuerda el Profesor Poussin, ¿Qué hacemos también en todas estas situaciones donde el progenitor que goza de la residencia principal acosa al niño de una manera múltiple a la vuelta a casa de las visitas con el otro progenitor?

O por ejemplo, qué hacemos en esos casos, cada vez mas en boga, en el que los niños que son desvestidos para verificar la existencia de un eventual maltrato o interrogados de manera inquisitorial, incluso a nivel de su sexualidad. Estos niños que siempre están "enfermos" según certificados médicos de complacencia precisamente en vísperas de un derecho de visita del otro progenitor.

Qué hacer con esos niños y niñas que repiten frases adultas totalmente hechas y mal explicadas, que se ve a la legua que no son suyas, pero que no dejan de repetirlas. Niños y niñas, que muestran miedo a decir que quieren estar con su padre (en un 92% de los casos) porque se les ha dicho que si manifiestan eso, su padre, su madre o ellos mismos pueden ir a la cárcel y otras cosas de peor estilo.

Qué hacer con los niños “mensaje” de uno y otro lado, con residencia preferentemente materna.

Todas estas cuestiones que me planteo, no se dan casi nunca en los niños y niñas que viven en custodia alterna y/o compartida, al menos en los estudios que hemos leído, por eso me pregunto: ¿por qué nos quieren hacer creer que la custodia alterna o compartida es maligna?

No será acaso que se intenta ocultar la realidad de los verdaderos problemas de los divorcios en occidente y con este discurso de rechazar la custodia alterna o compartida, se evita hablar de esa realidad.

Realmente, me siento incapaz de ponerme en la piel de estas personas que niegan el derecho de niños y niñas a disfrutar de sus progenitores y todos sus entornos, tras el divorcio de éstos.

Referencias bibliográficas

POUSSIN, G., 2005, Pour une évaluation des effets réels de la résidence alternée, Revue trimestrielle de droit familial, Ed. Larcier, Bruxelles, 1/2005, 9-25.

PRUETT, M. K., EBLING, R., INSABELLA, G., 2004, Critical aspects of parenting plans for young children, Interjecting Data Into the Debate About Overnights, Family Court Review, 42, 1, 39-59.

SOLOMON, J., George, C., 1999, The effects on attachment of overnight visitation in divorced and separated families :A longitudinal follow-up, in Solomon, J., George, C., eds, Attachment Disorganization, Guilford Press, New York, 135-264.

WATERS, E., 2000, Attachment security in infancy and early adulthood : A twenty-year longitudinal study, Child Development, 71, 684-689.

BRONCHAL, J., 2007 Definición del fenómeno de la “falsa memoria” y condiciones que la favorecen. Autoedición.



Fuente:


http://www.lexfamily.es/revista.php?codigo=1037



Actualizado el 25 de julio de 2012


Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).
Junta Directiva

Anibal Moreno.


Secretario General

605501917

E-mail: fadiecc@gmail.com

Facebook: http://www.facebook.com/pages/Federaci%C3%B3n-Andaluza-para-la-Defensa-de-la-Igualdad-Efectiva-fadie/481722661840891

LAS ASOCIACIONES ANDALUZAS PRO-CUSTODIA COMPARTIDA ESTUDIAN ACCIONES LEGALES CONTRA LOS AGENTES INTERVINIENTES EN LA INJUSTA CONDENA AL “EX” JUEZ DE FAMILIA FCO. SERRANO



LAS ASOCIACIONES ANDALUZAS PRO-CUSTODIA COMPARTIDA ESTUDIAN ACCIONES LEGALES CONTRA LOS AGENTES INTERVINIENTES EN LA INJUSTA CONDENA AL “EX” JUEZ DE FAMILIA FCO. SERRANO


NOTA DE PRENSA LAS ASOCIACIONES ANDALUZAS PRO-CUSTODIA COMPARTIDA ESTUDIAN ACCIONES LEGALES CONTRA LOS AGENTES INTERVINIENTES EN LA INJUSTA CONDENA AL “EX” JUEZ DE FAMILIA FCO. SERRANO Y EXIGEN LA DIMISIÓN DE LOS JUECES DEL SUPREMO QUE LO CONDENARON


La Federación Andaluza en Defensa de la Igualdad Efectiva (FADIE), compuesta por las asociaciones andaluzas pro-custodia compartida y contra las dictaduras de género, estudia, tras el verano, realizar posibles acciones legales contra los distintos agentes intervinientes en la condena injusta, politizada, condicionada y presionada por los distintos lobbys feministas, contra el “ex” juez de familia Don. Francisco Serrano. Desde las asociaciones integrantes en la federación condenamos la actitud de los distintos agentes intervinientes en el absurdo y desproporcionado proceso llevado contra el que fuera juez de Familia, es por ello que exigimos la dimisión inmediata de los jueces, quizás condicionados, que han determinado condenatorio el que un juez pueda realizar las acciones legales oportunas para que prime el bienestar superior de un menor, aún más cuando sus actuaciones, como así lo avaló incluso la propia audiencia provincial de Sevilla, se ajustan a derecho. Entendemos, sin lugar a dudas, que se trata más de una condena política y mediática que una condena disciplinaria, ya que Don Francisco Serrano ha sufrido una caza de brujas desde que alzara la voz contra la Ley Integral de Violencia de Género y sus consecuencias negativas tanto en los varones como en las mujeres con verdaderos problemas de maltrato así como su posible uso fraudulento, como finalmente a sucedido. Caza de brujas que igualmente sufrió en su día SS Maria Sanauja, quien fuera decana del colegio de abogados de Barcelona y que fue sancionada y silenciada. Este aquelarre de género, envenenado tan solo por espurios intereses económicos, actúa contra quienes crean poner en peligro su monopolio subvencionista, y en esta ocasión, sin duda alguna, han utilizado como cabeza de turco a Don. Francisco Serrano para enmudecer a todo aquel que intente alzar la voz contra la LIVG o a favor de la Custodia Compartida. Desde la federación y nuestras asociaciones seguimos manteniendo nuestro criterio de inocencia de Don. Francisco Serrano, que gracias a su rápida intervención ajustada a derecho, logró que un menor cumpliera su deseo de salir en procesión en la madrugá sevillana.

La Federación Andaluza en Defensa de la Igualdad Efectiva (FADIE).
Junta Directiva.


Jose A. Caparrós                         Anibal Moreno
   Presidente.                             Secretario General.


E-mail: fadiecc@gmail.com

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LA JUSTICIA NO ESCUCHA A LOS NIÑOS

LA JUSTICIA NO ESCUCHA A LOS NIÑOS





Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).
Junta Directiva

José Antonio Caparrós                                Anibal Moreno
        Presidente                                         Secretario General


E-mail: fadiecc@gmail.com

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SE APRUEBA LA MOCION EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS A FAVOR DE LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE DIVORCIO A NIVEL NACIONAL.

SE APRUEBA LA MOCION EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS A FAVOR DE LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE DIVORCIO A NIVEL NACIONAL.


Moción en el Congreso de los Diputados a favor de la custodia compartida 

Parte 1




Enlace parte 2/4:

http://youtu.be/tyWUpywIKp4

Enlace pare 3/4:

http://youtu.be/P5qcPQTI-gs
Parte 4




ENHORABUENA, CUSTODIA COMPARTIDA YA.


Se insta al Gobierno a que en el plazo máximo de seis meses, y sin perjuicio de las especialidades correspondientes en las comunidades en las que exista un Derecho Civil Foral propio, se desarrolle la regulación legal que modifique el artículo 92 del Código Civil y cuantos otros preceptos fueren necesarios, para conseguir la viabilidad de la guardia y custodia compartida en los supuestos de ruptura de la unidad familiar.
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Foto de nuestros compañeros de CUSTODIA COMPARTIDA como representantes de todo el territorio nacional, junto con los distintos portavoces de los partidos políticos, PP, UPyD y PNV que han apoyado la moción a favor de Custodia Compartida a nivel nacional.



Por ultimo, quisiera aprovechar para felicitaros y daros la enhorabuena a todos los compañeros de CUSTODIA COMPARTIDA, por esta gran noticia que nos ha llegado hoy, pero recordad que aún nos queda mucho trabajo por hacer, siempre para PROTEGER y DEFENDER los DERECHOS de NUESTROS HIJOS.


Saludos cordiales.

Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva
Junta Directiva

Anibal Moreno.


Secretario General

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sábado, 25 de agosto de 2012

HIJOS DE PADRES DIVORCIADOS

HIJOS DE PADRES DIVORCIADOS


Granada por la Custodia Compartida Ya.

Anibal Moreno.
Presidente.
cuspargra@hotmail.com

La perversa alianza del machismo con el izquierdismo

Sábado, 25 de Agosto, 2012
Enlace:
- Lidia Falcón, querellada por una asociación de abuelos



La presidenta del Partido Feminista de España ha declarado ante el Juez por llamar "parientes de maltratadores" a los miembros del colectivo en televisión



Lidia Falcón
Abogada y escritora. Presidenta del Partido Feminista de España


Las decenas de comentarios críticos e insultantes que suscitó mi artículo aparecido en Público el domingo 15 de julio, Hablando el lenguaje de la ONU me han inspirado una reflexión que debería llevar a un debate con profundidad sobre cómo entendemos hoy el feminismo. Cierto es que darle tanta transcendencia a lo que opina un pequeñísimo sector de la sociedad española –la mayoría de los que se dirigen a mí bajo el anonimato y los seudónimos son reconocibles porque tanto su grosería como sus insultos me los repiten en todos los foros de Internet– es concederle un protagonismo que no tiene, pero dado que representan un fenómeno ya repetido en la historia de la lucha feminista internacional, bien vale un artículo.
Merece resaltar que el estilo literario utilizado por esos comunicantes –la mayoría absoluta hombres– denota graves carencias de formación educativa. No sólo se dirigen a mí en términos soeces e insultantes –cosa que se repite constantemente en todos los comentarios que me dedican–, a pesar de que mi artículo no hace ninguna referencia personal sino que trata del fenómeno de ocultación lingüística de las verdaderas categorías políticas y sociales del feminismo, sino que la mayoría de sus intervenciones son incomprensibles por su total ignorancia de las reglas de la sintaxis. Mas como en el fondo lo que pretenden es desautorizándome a mí despreciar el feminismo, su intención es la misma que la de los políticos, periodistas, religiosos y dirigentes sociales que durante setenta años se refirieron a las sufragistas con el único apelativo de “Las Locas”.
Pero es de constatar que esa ofensiva se producía hace un siglo y que, por supuesto, estaba protagonizada por los sectores más reaccionarios de esos países, que se oponían –como siguen haciéndolo– a todo avance e igualdad de las mujeres. Sin embargo mis injuriadores son lectores de Público, lo que normalmente les debe situar en la banda más a la izquierda de la sociedad española, y, a mayor abundamiento, manifiestan otras opiniones claramente de acuerdo con la línea ideológica del periódico. Tan claramente, que respecto a los ejemplos que expuse de lenguaje eufemístico que utilizan la derecha y los poderes fácticos que nos gobiernan sobre la economía, tales como desregulación, deslocalización, externalización, sociedad global, mundo dual, no hacen comentario alguno. Toda su batería de insultos, bromas procaces y calificativos despreciativos los dedican a la parte del artículo en donde critico los términos de género, igualdad, IVE, etc.
No se crea que este sector insignificante, por su minúsculo número, no representa a nadie. Hace un par de años otro artículo mío publicado en Público, “Malos Tiempos para las Mujeres” –tomado del título de una espléndida película inglesa de hace medio siglo– provocó una airada reacción de un colaborador habitual del periódico que al día siguiente me dedicó toda una página para descalificarme. En aquel me mostraba en contra de la custodia compartida –entre otros problemas que se les han creado a las mujeres en estos tiempos modernos–, ahora uno de los objetivos más perseguidos por los que batallan las asociaciones de hombres. El escritor que me dedicó sus invectivas está situado en la extrema izquierda.
Otro artículo mío sobre el término “miembra” que utilizó Bibiana Aído en una comparecencia pública, motivó que tres ilustres escritores, miembros –esos sí– de la Real Academia de la Lengua, que también se creen de izquierda, me dedicaran tantos escritos y declaraciones para criticarme con epítetos insultantes que me dejaron asombrada.
Estos son ejemplos que ilustran lo que pretendo decir aquí y que está explicitado en el título. Cualquiera –aunque la mayoría son hombres– puede situarse en la izquierda política o sociológica y ser profundamente antifeminista. Porque el feminismo vino al mundo para corregir los olvidos, descuidos y hasta antagonismos de que los programas revolucionarios anteriores –anarquista, socialista, comunista– habían culpablemente hecho víctimas a las mujeres mostrándose coléricamente hostiles a las demandas feministas. Porque el feminismo, como todos los movimientos sociales, los partidos políticos y las ideologías filosóficas, es también una moral de conducta, y afecta más profundamente que otras a la vida privada de los individuos, a su conducta personal, a sus miedos y fobias, y sobre todo, a la comodidad de que los hombres han disfrutado hasta ahora en un sistema profundamente patriarcal.
El que se cree comunista y defiende en discursos, artículos y libros la propiedad colectiva de los medios de producción, puede mostrarse iracundo ante la obligación de tener que pagarle la pensión alimenticia de sus hijos a la esposa de la que se ha divorciado; casos hay en que incluso la maltrata. Dirigentes sindicales, militantes en partidos de izquierda, abanderados de manifestaciones y acciones subversivas del orden establecido hay que están defendiendo la prostitución. Legisladores, fiscales y jueces progresistas que imponen la custodia compartida a los hijos que han sido víctimas de malos tratos o de abusos por parte del padre. El militante socialista que acosa sexualmente a su compañera de partido o de trabajo. La lista de injusticias, agresiones, desprecios y marginaciones de que algunos hombres situados en la izquierda política pueden hacer víctimas a las mujeres de su entorno es larga. Pero aún peor, si cabe, es que se conviertan en publicistas de la ideología que hoy ya se denomina “neomachismo”, aunque de nuevo tenga poco.
En los últimos años, una cohorte de hombres se ha organizado en asociaciones que denominan inocentemente de “separados” o “divorciados” o “por la custodia compartida”, que expresan sus reivindicaciones en actos públicos –algunos subvencionados con fondos estatales–, artículos, entrevistas y programas de televisión, y se presentan como víctimas de las agresiones e injusticias de las mujeres, de las reivindicaciones feministas, de la parcialidad de la justicia y del sesgo “antihombre” de las últimas leyes aprobadas, especialmente la Ley de Violencia de Género.
La ofensiva de esos varones, bien orquestada porque no les faltan los medios económicos y disfrutan de una evidente benevolencia por parte de los poderes públicos, cuando no éstos comparten identidad de posiciones, está teniendo cada vez más éxito. Recuerdo en este punto el libro de la feminista estadounidense Susan Faludi Backlash(Reacción en la traducción al castellano), donde analizaba exhaustivamente el resurgir del machismo en Estados Unidos como respuesta al feminismo. En España las estrategias de estos grupos de hombres están siendo igualmente organizadas y cada vez más agresivas, y tienen muchos foros donde desarrollarse. Aparte de televisiones y radios que les acogen con gusto, Internet es la herramienta por excelencia para hacer la campaña contra el feminismo, en la que naturalmente me incluyen. No hay debate sobre los temas más candentes de la represión y marginación de las mujeres en el que no participen para apoyar las tesis de la reacción machista. Pero lo más lamentable es que no todos son de derechas y que sus declaraciones se publican en medios públicos y privados que presumen de objetivos.
Este aspecto del machismo no está suficientemente comentado por las representantes del feminismo institucional, que por ejemplo en el tema de la custodia compartida se han manifestado indiferentes o directamente a favor, como si la convivencia con los hijos se produjese en un ámbito aparte de aquel en que se ha producido la violencia contra la madre. El resultado de esta dejación de la defensa de las mujeres es que se ha dado carta blanca a que los maltratadores reivindiquen, con gran prepotencia, su derecho a tener en custodia a los menores y ha permitido que los fiscales y los jueces la concedan independientemente de que se esté tramitando una causa penal contra el padre.
En definitiva, el machismo avanza y vuelve a tener cada vez mayor presencia en todos los foros sociales, reivindicado por personajes que se autocalifican de izquierdas, sin que haya una respuesta adecuada por parte de la vanguardia feminista.



Granada por la Custodia Compartida Ya.

Anibal Moreno.
Presidente.

viernes, 24 de agosto de 2012

La Ley Aragonesa de Custodia Compartida - REFERENCIA OBLIGADA PARA SU IMPLANTACIÓN EN EL RESTO DE ESPAÑA


CIVIL


La Ley Aragonesa de Custodia Compartida
REFERENCIA OBLIGADA PARA SU IMPLANTACIÓN EN EL RESTO DE ESPAÑA 


En estos últimos días, se habla mucho de la inminente reforma del Código Civil que el nuevo Ministro de Justicia pretende llevar a cabo para implantar el régimen de custodia compartida como régimen de custodia preferente en los casos de divorcio, separación conyugal o de hecho. Por este motivo y a través de este artículo, he considerado interesante realizar una exposición de lo que ha supuesto la implantación de la custodia compartida como régimen preferente en Aragón, desde su entrada en vigor el 8 de septiembre de 2010 hasta la actualidad, tanto desde el punto de vista teórico como práctico.
Mª José Martinez Sancho, Legal Today


El derecho foral aragonés, regula el régimen de custodia compartida en la Ley 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres (publicada en el BOA de 8 de junio de 2010), en vigor desde 8 de septiembre de 2010, por lo que desde esta fecha los padres aragoneses pueden solicitar, a la hora de divorciarse o separarse, este régimen de custodia para sus hijos que en caso de discrepancia se aplicará con carácter "preferente", con el fin de garantizar "el derecho de los hijos a un contacto directo y continuado con sus padres y el derecho de los padres a la igualdad en sus relaciones con los hijos", siendo éstos los dos derechos esenciales sobre los que se fundamenta esta Ley, pionera en España, puesto que fue la primera que se ha aprobado en nuestro país.
Lafinalidad de esta nueva regulaciónreside en adaptar la ley a los cambios que ha ido experimentando la sociedad aragonesa en las últimas décadas como consecuencia de la incorporación de la mujer al mundo laboral, lo que ha generado unas nuevas relaciones familiares que se ajustan más al modelo de custodia compartida que al modelo individual (por lo general la mujer ya no se queda en casa cuidando del hogar y el marido trabaja); fomentar la corresponsabilidad de los padres en el ejercicio de la autoridad familiar y una mayor implicación de ambos en el ámbito familiar; y en definitiva, en promover la igualdad de ambos sexos en todos los sectores de la sociedad.
Y los derechos que pretende proteger esta Ley(o principios sobre los que se sustenta) son el derecho de los hijos a un contacto directo y continuado con sus padres, y el derecho de los padres a la igualdad en sus relaciones con los hijos, primando siempre por encima de todo el superior interés del menor, que es lo que en definitiva se trata de proteger.
Respecto a la guardia y custodia de los hijos, esta Ley dispone en su art. 6.2º lo siguiente: "El Juez adoptará de forma preferente la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente, teniendo en cuenta el plan de relaciones familiares que deberá presentar cada uno de los progenitores y atendiendo, además a los siguientes factores: a) La edad de los hijos. b) El arraigo social y familiar de los hijos. c) La opinión de los hijos siempre que tengan suficiente juicio y, en todo caso, si son mayores de doce años, con especial consideración a los mayores de catorce. d) La aptitud y voluntad de los progenitores para asegurar la estabilidad de los hijos. e) Las posibilidades de conciliación de la vida familiar y laboral de los padres. F) Cualquier otra circunstancia de especial relevancia para el régimen de convivencia. Y sigue diciendo en su aparatado 3º: "Antes de adoptar su decisión, el Juez podrá, de oficio o a instancia de parte, recabar informe médicos, sociales o psicológicos de especialistas debidamente cualificados e independientes, relativos a la idoneidad del modo de ejercicio de la autoridad familiar y del régimen de custodia de las personas menores."
De la lectura de este precepto legal, se puede observar cómo el régimen de custodia compartida, aunque tiene carácter preferente, no se aplica de forma automática, sino que es el Juez, quien valorando los factores que concurren en cada caso, dicta una Sentencia, podríamos decir que "a la carta", ayudándose para ello de los informes periciales de los especialistas.

¿CÓMO ESTÁ FUNCIONANDO EN LA PRÁCTICA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA EN ARAGÓN?

Dos años después de la aprobación de esta normativa el resultado es que hasta el momento, el porcentaje de Sentencias que establecen la custodia compartida está en torno a un 50%. Según información estadística proporcionada por el Gobierno de Aragón, en la provincia de Huesca se elaboraron 38 informes psicológicos no vinculantes, de los cuales 28 eran favorables a la custodia compartida (más de la mitad de los casos), y lo mismo sucede en Teruel, donde de 7 informes 6 eran favorables a la custodia compartida. En Zaragoza sin embargo, es llamativo que sólo en el 35% de los 226 casos registrados en 2011 se ha recomendado la custodia compartida, en el 53 % se ha optado por la madre y en el 13% por el padre, por lo que en Zaragoza sigue siendo mayoritaria la atribución de la custodia a la madre pese a la reforma. ¿Cuál es el motivo?
- Quizá el motivo haya que buscarlo en esta escasez de medios y en la acumulación de trabajo de los Juzgados, que hace que a los informes y al estudio de cada caso por parte del gabinete psicosocial no se le dedique el tiempo necesario (eso habría que consultarlo con los profesionales), y que por inercia sigan emitiendo más informes a favor de la madre.
- O quizá deba transcurrir más tiempo para valorarlo y al hacer la estadística del 2012 nos encontremos con un cambio en esta tendencia.
- También hay que tener en cuenta que cuando un caso de divorcio llega hasta el Juzgado, y no ha sido posible pactar unas medidas de mutuo acuerdo, bien a través de los propios letrados que intervienen en el asunto, o a través de una mediación (a la que alude la propia ley), nos encontramos con que en muchos casos la relación entre la pareja es muy conflictiva, y muchas veces al Juez le resulta difícil adoptar este régimen si comprueba que la relación entre las partes es complicada o que puedan darse situaciones conflictivas, sobretodo de cara al menor.

Fuente:

Granada por la Custodia Compartida Ya.

Anibal Moreno.
Presidente.